El reciente anuncio de designación y toma de posesión de los nuevos directores generales de la Policía de la Provincia no pasó inadvertido dentro de la institución. Por el contrario, generó un fuerte malestar en un sector del cuerpo de oficiales, que considera que los ascensos otorgados no se ajustaron plenamente a los criterios objetivos que establece la carrera policial.
El acto fue encabezado por el ministro de Seguridad, Gaspar Solá Usandivaras, y se realizó en la Plaza de Armas de la Jefatura Policial. Allí se oficializaron los nombramientos de los nuevos directores generales y subdirectores de las distintas áreas estratégicas de la fuerza.
En esta instancia debían cubrirse 12 cargos directivos, para los cuales existían 20 oficiales en condiciones de postularse según el orden de mérito. Sin embargo, la selección final dejó abiertas múltiples interpretaciones y cuestionamientos internos.
Asumieron funciones Ivana Kalilec en la Dirección General de Educación Policial, Hilda Carmen Urmilla en la Dirección General de Recursos Humanos y Luis Arias como subdirector de Drogas Peligrosas. A su vez, continuaron en sus cargos Luis Ríos (Dirección General de Seguridad), Oscar Chocobar (Investigaciones), Pedro Liendro (Drogas Peligrosas), Carlos Tapia (Administración y Finanzas), José Flores (Asuntos Jurídicos), Adrián Sánchez Rosado (Seguridad Vial), Carlos Reyes (Ciberseguridad) y Juan José Albornoz (Medicina).
Durante el acto, el ministro Solá destacó que los directores cumplen un rol clave dentro de la institución:
“Ustedes son líderes desde el ejemplo, el compromiso, la fidelidad y el trabajo que realizan tanto en la institución como en la calle, desde el servicio a la comunidad”, expresó. También remarcó que el 80% de las intervenciones policiales están vinculadas a situaciones de conflictividad social.
Por su parte, el jefe de Policía, Diego Bustos, subrayó la importancia de continuar trabajando con profesionalismo, entrega y responsabilidad para fortalecer los principios que rigen la fuerza.
Una carrera exigente, reglada y con tiempos estrictos
La carrera policial es una de las más exigentes del Estado provincial. Se inicia cuando el cadete egresa de la Escuela de Oficiales con el grado de Oficial Subayudante, primer escalón de una estructura jerárquica rigurosamente reglamentada.
El ascenso en la institución depende de múltiples factores: desempeño, capacitación, conducta, ausencia de sanciones y cumplimiento estricto de los tiempos mínimos en cada jerarquía. Cualquier “causa” administrativa o disciplinaria puede postergar o impedir una promoción.
Los oficiales se dividen en distintos cuerpos: Seguridad, Profesional, Técnico, Administrativo e Intendencia, y dentro de cada uno existen jerarquías a las que se accede de manera progresiva.
En el vértice de la carrera se encuentran los grados más altos, como Comisario General y Comisario Mayor, cargos que representan el máximo reconocimiento profesional dentro de la fuerza.
Los cuestionamientos internos
Es precisamente en este punto donde surgen las objeciones. Oficiales consultados sostienen que algunos de los recientes ascensos no respetaron plenamente los criterios de trayectoria intachable, antigüedad efectiva en la jerarquía ni el orden de mérito.
Desde la mirada interna, se advierte que la carrera policial no solo debe ser transparente, sino también parecerlo. La percepción de favoritismos, excepciones o “atajos” erosiona la confianza en el sistema y desalienta a quienes construyen su trayectoria durante décadas bajo reglas estrictas.
La Policía es una institución vertical, disciplinada y regida por normas claras. Cuando esas normas se relativizan, el daño no es solo administrativo: es moral, institucional y profesional.
Cuando la ley ordena y el amiguismo asciende: la carrera policial en crisis
La carrera policial en Salta no es un terreno de improvisación. Está regida por dos normas centrales: la Ley 7742 (Orgánica de la Policía) y la Ley 6193 (Estatuto del Personal Policial).
Ambas establecen que los ascensos deben ser grado a grado, con tiempos mínimos obligatorios, legajos intachables, fojas de calificación fundadas y bajo el principio de igualdad real de oportunidades.
Sin embargo, la práctica actual muestra un escenario muy distinto.
Lo que dicen las leyes
La Ley 7742 establece en su artículo 26 la estructura jerárquica del personal superior, desde Oficial Subayudante hasta Comisario General.
En su artículo 32 inciso g) ordena que los ascensos deben fundarse en: experiencia profesional, formación académica, igualdad real de oportunidades y de trato.
El artículo 18 fija los tiempos mínimos de permanencia en cada grado como requisito obligatorio para ascender.
Y el artículo 57 regula la Foja de Calificación, que debe reflejar con justicia la conducta, aptitudes del oficial, advirtiendo expresamente que: “Por calificaciones erróneas podrá ascender quien no lo merezca o perjudicar a elementos valiosos para la Institución”.
La Ley 6193 refuerza este esquema: Artículo 86: los ascensos deben ser grado a grado y con asesoramiento de juntas de calificación.
Artículo 87: exige aptitudes morales, intelectuales y físicas.
Artículo 88: sólo admite excepciones por mérito extraordinario o ascensos post mortem.
Lo que ocurre en la realidad
Hoy existen directores generales que ya cumplieron o están al límite del tiempo máximo legal de permanencia, pero continúan en funciones, bloqueando la cadena de ascensos del resto del personal.
Entre ellos: Luis Ríos (Dirección General de Seguridad); José Flores (Dirección Jurídica); Pedro Liendro (Drogas Peligrosas)
Esto contradice el artículo 18 de la Ley 7742 y paraliza la carrera de más de 20 oficiales en condiciones de ascender.
Ascensos con antecedentes que la ley no avala
Existen además ascensos que —de confirmarse sus antecedentes— vulneran directamente los artículos 57 de la Ley 7742 y 87 de la Ley 6193: Waldo Mercado: tendría denuncia no registrada ni investigada en su legajo; Javier Vélez: denuncia penal de público conocimiento; Rodrigo Cardozo: contaría con denuncias por acoso.
Un caso que llama poderosamente la atención es el del Comisario General Carlos Tapia, al que se le otorgó el ascenso fuera del marco de la ley, en carácter extraordinario, el cual ascendió sin hacer el curso de capacitación, y sin cumplir el tiempo mínimo; tampoco es acreedor de mérito extraordinario, salvo que -por la función que cumple-, la de llevar las finanzas de la Policía de la provincia (se desempeña como director general de Administración y Finanzas), sea el mérito “extraordinario” para avalar su ascenso. El reconocimiento de jerarquías extraordinarias hacia este oficial, fue otorgado en dos oportunidades en tiempos distintos y sin el mínimo requerido, situación –según la ley 6193- susceptible de revisión y control. La Ley 6193 es clara: el ascenso extraordinario es una excepción extrema, no una herramienta administrativa discrecional.
El problema institucional
La ley exige: mérito, conducta, trayectoria y transparencia.
La práctica muestra: favoritismo, discrecionalidad, bloqueos de Carrera, excepciones sin fundamento.
Y cuando la jerarquía se construye por cercanía y no por mérito, la autoridad se debilita desde adentro.
Conclusión
La Policía de Salta tiene leyes modernas, claras y exigentes.
Lo que no tiene es coherencia entre el texto legal y los ascensos que se firman.
Porque en una institución jerárquica, cuando se rompe la carrera, se rompe la disciplina.
Y cuando se rompe la disciplina, se rompe la confianza. Y sin confianza, no hay autoridad que se sostenga.
Una institución que exige ejemplaridad
La función policial demanda vocación, sacrificio personal, formación permanente y una conducta irreprochable. Por eso, los ascensos no son un premio político ni una concesión circunstancial: son el resultado de una vida profesional entera.
En una fuerza donde el concepto de autoridad se construye desde el ejemplo, cualquier desviación de los criterios objetivos deja una señal preocupante hacia adentro y hacia afuera.
Porque en la Policía —como en toda institución que porta armas, ejerce poder y representa al Estado— no alcanza con “ser”: también hay que parecerlo.
