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La Justicia frenó el DNU de Milei que convirtió al Banco Nación en S.A.

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El juez federal de La Plata Alejo Ramos Padilla dictó una medida cautelar que suspende la transformación del Banco Nación en sociedad anónima. Además, le pidió al Gobierno que informe en el expediente cuál es el interés público que justifica la decisión tomada.

En su fallo, Ramos Padilla resolvió: “Disponer como medida cautelar interina la suspensión de los efectos del DNU 116/25 y ordenar al Estado Nacional y al Banco de la Nación Argentina que se abstengan de toda acción tendiente a su implementación”.

También, “requerir a las autoridades públicas demandadas que, dentro del plazo de cinco días, produzcan un informe que dé cuenta del interés público comprometido por la solicitud de medida cautelar efectuada por la actora en fecha 20/2/2025″.

Padilla recordó que “el 19 de febrero pasado, se dictó el decreto 116/2025 que dispuso la transformación del ente autárquico ‘Banco de la Nación Argentina’ en una sociedad anónima bajo la Ley N° 21.526 e instruyó al Directorio a tomar las medidas necesarias para llevar a cabo esa transformación y su inscripción ante la Inspección General de Justicia”, entre otras medidas. El juez relató que el 20 de febrero, con el expediente en la Cámara (que todavía no resolvió “el fondo del asunto”), se presentó en la causa la solicitud del “urgente dictado de una medida cautelar”.

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A ese pedido hizo lugar hoy el magistrado, con la advertencia de que su marco de actuación está “limitado” porque -advirtió- “será la Cámara Federal de Apelaciones de La Plata la que, en definitiva, deberá decidir si corresponde o no mantener la decisión oportunamente dictada en esta causa que, además de considerar abstracta la cuestión, declaraba que la modificación de la situación jurídica de la entidad bancaria solo puede llevarse adelante mediante una ley formal dictada por el Congreso de la Nación y promulgada por el Poder Ejecutivo Nacional”.

Ramos Padilla aclaró que su medida cautelar es “interina” y que la dictó porque existen “circunstancias graves y objetivamente impostergables” que la justifican. Recordó que el decreto del 19 de febrero “en su propio texto señala que ya se encuentra en vigencia” y que le encomienda al Ministerio de Economía “llevar adelante determinadas medidas que prima facie podrían derivar en su privatización”.

El juez entiende que de no dictarse esta medida, podría tornarse “ilusorio” el cumplimiento de una eventual sentencia contra la privatización.

Esta decisión se tomó en el marco de una causa iniciada el 11 de junio pasado en la que se pedía que se declarara “la nulidad e inconstitucionalidad de la Resolución Privativa del Directorio del BNA nº 348 así como de todo acto que tenga por objeto avanzar con la privatización” del Banco Nación. Se trató de un planteo de la Asociación Bancaria, el gremio que reúne a los empleados del sector y que es encabezado por Sergio Palazzo, actual diputado nacional y uno de los interlocutores sindicales de Cristina Kirchner.

El 25 de septiembre pasado, Ramos Padilla resolvió “que el DNU 70/23 y la resolución 348 del Directorio del B.N.A. no autorizan a modificar la situación jurídica de la entidad bancaria, que solo puede llevarse adelante mediante una ley formal dictada por el Congreso de la Nación y promulgada por el Poder Ejecutivo Nacional” y, por ende, declaró “abstracta” la cuestión. Esa decisión está ahora a estudio de la Cámara de Federal de Apelaciones de La Plata, que debe resolver si la confirma.

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